Objetivo:
Disminuir la reincidencia delictual mediante la rehabilitación y reinserción laboral de quienes hayan cometido delitos.
Resultado:
Se modificó la legislación sobre medidas alternativas a las penas privativas de libertad con la nueva Ley 20.603, la evidencia muestra que estas medidas producen niveles considerablemente menores de reincidencia (27,7% de reincidencia en el sistema abierto versus un 50,5% en sistema cerrado, según Paz Ciudadana, 2011). Así, se crearon nuevas figuras, como la reclusión parcial, libertad vigilada intensiva y la prestación de servicios en beneficio de la comunidad. También, al cierre de enero 2014 ya se encuentra en marcha blanca el sistema de Monitoreo Telemático con el uso de brazaletes electrónicos para vigilar el cumplimiento de penas en libertad. Por otra parte, se implementó un nuevo Estatuto Laboral de Reos y se han ampliado los programas de rehabilitación y reinserción de Sename, Gendarmería, Senda y los Tribunales de Tratamiento de Drogas, además de la implementación de la Terapia Multisistémica en el marco del programa Vida Nueva.
Objetivo:
Reducir la tasa de hacinamiento de las cárceles del 60% (2010) a menos del 15% al 2016.
Resultado:
El Gobierno del Presidente Sebastián Piñera se comprometió firmemente a avanzar en la reducción del hacinamiento y mejorar las condiciones de vida de las personas privadas de libertad, a fin de evitar el contagio criminógeno.
En 2010, producto de los daños que afectaron al sistema penitenciario luego del terremoto, el hacinamiento alcanzó alrededor de un 60%. Para esto, además de comprometer la incorporación progresiva de 10.000 nuevas plazas para el sistema penitenciario, se comprometió un meta de reducir el nivel de hacinamiento existente en el sistema a menos del 15% en 2016.
Al cierre de diciembre de 2013, el hacinamiento de las cárceles ya se ha logrado reducir a un 12,4%, impulsado por las nuevas inversiones en infraestructura penitenciaria, importantes mejoras en la gestión de la capacidad de los recintos penitenciarios, además de la aplicación de la nueva legislación que promueve un uso racional de nuestras cárceles.
Nota: El hacinamiento se define como la sobrepoblación carcelaria existente en el sistema penitenciario (cerrado), y considerando la población recluida 24 horas, en base a la definición de un criterio único para establecer las capacidades de diseño de los dormitorios de los recintos penitenciarios. Así, se establece la cantidad de plazas que puede tener un recinto definiendo como unidad base una litera doble de 80 x 200 cm y separada una de otra en a lo menos 70 a 80 cm.